Calleja desafía al CONNA y utiliza menores en spot de campaña


El CONNA advirtió a candidatos de abstenerse de usar niños con fines proselitistas algo que tiene sin cuidado al precandidato de ARENA.

calleja-desafia-al-conna-y-utiliza-menores-en-spot-de-campana

El precandidato presidencial de ARENA, Carlos Calleja desafió al Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CONNA) y en su último spot utilizó a varios niños para enviar un mensaje de navidad a los salvadoreños.

El agosto del presente año, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) junto con el CONNA previnieron a los partidos políticos de realizar propaganda política adelantada y hacer uso de niños en campañas.

Hace meses atrás, el candidato a diputado de San Salvador por ARENA, Emilio Corea publicó un vídeo en su cuenta de Twitter en el que salía cantando el himno de su instituto político junto a dos niñas. Esto ocasionó varias críticas y tras varios minutos el candidato decidió retirar las imágenes.

Luego de esto, el CONNA recordó a los políticos que con base a la Ley de Protección Integral de la Niñez (LEPINA) sólo se puede exponer la imagen de los niños “con voluntad de los mismos y con el consentimiento y aprobación de sus madres, padres, representantes o responsables”, además que está prohibido divulgar imágenes que “lesionen su honor“.

Prescindir de imágenes, escenas, diálogos y expresiones en las que las niñas, niños y adolescentes realicen acciones que no son propias de su edad y madurez; como sería pedir el voto, asumir acciones o manifestaciones de personas adultas y emitir opiniones que no corresponden a su etapa de desarrollo; así como evitar la utilización de niñas, niños y adolescentes para favorecer la imagen de las candidatas y candidatos”, expresó el CONNA en esa ocasión.

Por su parte, el TSE recordó a los institutos políticos que el plazo, de acuerdo a la ley, para iniciar la propaganda electoral en el caso de diputados y alcaldes es de dos meses previos a los comicios, por lo que está prohibido cual intento de solicitar el voto y exponer promesas de campaña. Por ello el ente colegiado previene a los políticos a que sus actuaciones se enmarquen en el cumplimiento del plazo que la normativa electoral regula para su realización, evitando así incurrir en infracciones por propaganda electoral anticipada [vía: LNSV].