Cuba abre la puerta a las criptomonedas


La resolución del Banco Central de Cuba reconoce que tanto personas naturales como jurídicas pueden ser “proveedores de activos virtuales”.

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El Banco Central de Cuba (BCC) emitió la resolución 215 que entrará en vigor el próximo 15 de septiembre, regula "el uso de determinados activos virtuales en transacciones comerciales, así como el otorgamiento de licencias a proveedores" de estos servicios en "operaciones relacionadas con la actividad financiera, cambiaria y de cobranzas o de pagos" en el territorio cubano o desde él.

La nueva normativa subraya que el BCC podrá autorizar el uso de criptomonedas "por razones de interés socioeconómico". la entidad bancaria reconoce que algunos activos virtuales podrán usarse. Desde el momento en que entre en vigor la resolución, y en operaciones comerciales o mercantiles en Cuba.

De igual manera, el Banco Central de Cuba reconoce que —además de las instituciones financieras cubanas— otros proveedores podrán recibir una licencia para realizar actividades financieras, cambiarias y de pagos usando activos virtuales.

Según la resolución del Banco Central de Cuba, tanto las personas naturales como las jurídicas pueden ser consideradas “proveedores de servicios de activos virtuales”.

Por supuesto, solo la entidad bancaria nacional podrá autorizar quienes pueden operar y utilizar los activos virtuales. Una autorización que dependerá, en mayor medida, del interés económico del gobierno en la Isla.