Existen varios antecedentes penales para proceder contra Escalante


En 2014 y 2018, dos hombres fueron condenados a prisión por cometer el mismo delito que el magistrado Escalante quien fue absuelto por la Cámara.

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El caso del magistrado Jaime Escalante ha causado gran indignación en el país, debido a que la Cámara Primera de lo Penal decidió dejarlo libre tras resolver que los tocamientos que el imputado realizó en los genitales de una niña no es considerado delito por haberlo hecho sobre la ropa de la víctima y en plena luz del día.

Contrario a esta resolución, en 2014 un hombre fue declarado culpable y condenado a purgar una pena de 4 años de cárcel por tocar el trasero de una niña en el mercado La Tiendona, en San Salvador, en un escenario similar en el que actuó Escalante.

Sin embargo este no es el único caso en el que la justicia sí fue aplicada ya que se conoció que el Tribunal Primero de Sentencia de Santa Ana condenó a Reynaldo Antonio M. quien deberá pasar ocho años en la cárcel y pagar $320 en concepto de responsabilidad civil a una niña de diez años a quien le tocó “sus partes íntimas” cuando ambos se encontraban en una calle del municipio de Texistepeque, departamento de Santa Ana.

El delito fue cometido, según un comunicado por Centros Judiciales, el 27 de diciembre de 2018 “cuando el imputado iba sobre la calle en aparente estado de ebriedad y abrazó a la fuerza a la menor de edad, tocándole sus partes íntimas”.

En esta última condena se compara el fallo que la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, determinó a favor del magistrado Escalante, en el que se determina que los tocamientos que supuestamente hizo a una niña de 10 años en la colonia Altavista no constituyen delito sino una “falta” por la que si es hallado culpable  solamente pagará una multa y no irá a prisión.