Históricamente en el país, los Presidentes han tenido la facultad de declarar Emergencia Nacional


El artículo 24 de la "Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres", faculta al Presidente a declarar la Estado de Emergencia.

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El Gobierno del Presidente Nayib Bukele, se vio en la necesidad de declarar la Emergencia Nacional, debido a que el país se encuentra en una etapa crítica de la pandemia del coronavirus que azota a nivel mundial.

Previamente, el Ejecutivo presentó la solicitud de prórroga ante los diputados de la Asamblea Legislativa, pero estos se mostraron indiferentes, dejando al país sin Estado de Emergencia, pese a que los riesgos de contagios son sumamente altos.

Históricamente en El Salvador, los Presidentes de la República, han tenido la facultad de declarar la Emergencia Nacional, en ausencia de los diputados, y varios han hecho uso de ella, sin cuestionamientos.

"Todos los Presidentes en la historia democrática de nuestro país, han tenido la facultad de declarar Estado de Emergencia y la han ejercido, sin aprobación legislativa.  ¿Se le impedirá por primera vez, a un Presidente, ejercer esa facultad vital del Sistema de Protección Civil?", cuestiona el Mandatario ante posibles entrampamientos de diputados de ARENA y del FMLN.

Mientras tanto, el artículo 24 de la "Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres", faculta al Presidente de la República a declarar la Estado de Emergencia.