Instituciones educativas deberán remunerar con salario ordinario a sus docentes, mientras dure la cuarentena


Recientemente el Presidente Bukele ordenó que la cuarentena en el sector estudiantil tendrá una duración de 30 días.

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De acuerdo al Decreto Legislativo número 593 que declara el “Estado de Emergencia Nacional de la Pandemia Por COVID-19”, las instituciones educativas, públicas y privadas, deberán remunerar con salario ordinario a sus docentes mientras dure la cuarentena de prevención del coronavirus.

Recientemente el Presidente Bukele ordenó que la cuarentena en el sector estudiantil tendrá una duración de 30 días, con el fin de continuar evitando que el coronavirus se desarrolle en el país y afecte la salud del pueblo.

Ante esto, el Presidente fue contundente en expresar que la ausencia de estudiantes no deberá afectar la economía de los maestros, maestras y personal administrativo, por lo que deben recibir salario correspondiente.

El Decreto dicta lo siguiente:

  • A partir del día catorce de marzo del presente año y, hasta por un plazo de treinta días contados a partir de esa fecha, se suspenden en el sistema educativo nacional, público y privado, las clases y labores académicas; por lo tanto, los centros escolares y demás instituciones académicas deberán remunerar con salario ordinario a su personal, durante todo el plazo que comprenda la suspensión de labores.
  • Comuníquese este acuerdo a todas las instituciones del sistema educativo nacional, público y privado y, al personal pertinente de esta Cartera de Estado.