Magistrado dice que no importa que haya vencido plazo y ellos seguirán evaluando cancelación del CD


Sídney Blanco dijo que, aunque Ley de Procedimientos Constitucionales les prohíbe conocer el caso, ellos decidirán si cancelan el CD antes de irse.

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El Magistrado de la Sala de lo Constitucional, Edward Sídney Blanco, dijo ayer en la entrevista de Canal 33 “8 en punto”, que aunque el artículo 77 de la Ley de Procedimientos Constitucionales les impide conocer el caso de la posible cancelación de partido Cambio Democrático (CD) ese artículo es “irrelevante” y que ellos decidirán si cancelan o no el partido antes que finalice su mandato el próximo 15 de julio.

La Sala argumenta que debe determinar si la decisión del Tribunal Supremo Electoral de dejar con vida al CD en 2015 es constitucional o no, pero según el articulo 77 de la Ley de Procedimientos Constitucionales ese plazo venció solo 15 días después de los actos que sucedieron luego de las elecciones legislativas de 2015.

Art. 77 “La remisión de la declaratoria de inaplicabilidad constituye un requerimiento para que la Sala de lo Constitucional, determine en sentencia definitiva la constitucionalidad o no de la declaratoria emitida por los tribunales ordinarios, para lo cual contará con quince días hábiles. Dentro de dicho plazo la Sala de lo Constitucional, deberá resolver y notificar su sentencia definitiva.
Transcurrido el plazo anterior, la Sala de lo Constitucional mediante resolución motivada, podrá prorrogar por una sola vez el plazo establecido en el inciso anterior, plazo que en ningún caso, podrá exceder de diez días hábiles”.

Pero Sídney Blanco dijo que ese artículo “no les quita el sueño” y que es irrelevante pues si se aplica no se podrían conocer casos de años anteriores.

Solo un día después que Bukele anunciara una posible alianza entre Nuevas Ideas y el CD, la Sala anunció que posiblemente cancele al CD por un caso que data desde el 2015.