Procesan legalmente a jefe de laboratorio del hospital “Nuestra Señora de Fátima” por Ejercicio Ilegal de Profesión


La mujer no está graduada ni autorizada por la Junta de Vigilancia de la Profesión en Laboratorio Clínico.

procesan-legalmente-a-jefe-de-laboratorio-del-hospital-nuestra-senora-de-fatima-por-ejercicio-ilegal-de-profesion

Según el Código de Salud, ninguna institución pública y privada puede contratar a personas que no tienen calidad de profesionales en la rama de laboratorio, y porque no cumplen los requisitos para ser autorizados.

El día de ayer, fue presentado por Fiscales de la Unidad de Patrimonio de la oficina Fiscal de Cojutepeque, el escrito de inicio de acción penal contra la actual Jefa de Laboratorio del Hospital Nacional “Nuestra Señora de Fátima”, por no estar graduada ni autorizada por la Junta de Vigilancia de la Profesión en Laboratorio Clínico.

La mujer es identificada como Sandra Elizabeth Escoto de Hernández, de 47 años de edad, y es acusada por el delito de Ejercicio Ilegal de la Profesión.

Según investigaciones de la fiscalía, Escoto de Hernández ingresó a laborar en el laboratorio en julio del año 1995, fecha desde la cual, según testigos que trabajan en el hospital, asumió la jefatura, cuando hacía su servicio social, teniendo asignado el número provisional de la JVPLC 393, la cual tenía como validez hasta el 30 de junio del año 1996.

Pero el mismo ente controlador de salud, y luego de una inspección, recomendó en marzo del año 2015, que ninguna institución pública y privada puede contratar a personas que no tienen calidad de profesionales en la rama de laboratorio, y porque no cumplen los requisitos para ser autorizados, según el Código de Salud.

Escoto de Hernández, ha incurrido en el delito de Ejercicio Ilegal de la Profesión, regulado en el Artículo 289 del Código Penal, que establece “El que, sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada, se atribuyere carácter de tal y la ejerciere o realizare actividades propias de ella, será sancionado con prisión de uno a tres años”.