Sala de lo Constitucional blinda a los periódicos para que continúen sin pagar impuestos


La Sala declaró inconstitucional la Ley de impuesto a operaciones financieras y revirtió el articulo que mandaba a periódicos a pagar impuestos.

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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justica (CSJ) aprovechó en su más reciente resolución para blindar a los dueños de los periódicos impresos para que estos continúen sin pagar impuestos.

La sala argumenta en su resolución que no hubo un apropiado debate las reformas al código tributario y que los diputados no pudieron hacer un apropiado análisis de las reformas por ello dejó sin efecto varias reformas.

Una de las que más llamó la atención en que revirtió el artículo 132-B donde se derogan las exenciones en lo relativo al Impuesto sobre la Renta, contenidas en el artículo 8 de la Ley de Imprenta, del Decreto Legislativo N° 12, del 6 de octubre de 1950 que exonera de impuestos a los periódicos.

Con esa resolución la Sala no solo dejó sin efecto el impuesto a las operaciones financieras que superaran los $1,000.00 sino que además blindó a los dueños de periódicos impresos para que continúen sin pagar impuestos al Estado como lo hacen desde casi 70 años.

La sentencia de inconstitucionalidad fue firmada por los magistrados Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González.