Sala declara inconstitucional elección de presidenta de la Corte de Cuentas por “error documental” de la Asamblea


La Asamblea Legislativa omitió incluir, en 2017, el documento requerido donde hacía constar que la actual presidenta no tenía vínculos partidarios

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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional la elección de Carmen Elena Rivas Landaverde como presidenta de la Corte de Cuentas de la República (CCR) llevada a cabo en el año 2017 y que finaliza el próximo 27 de agosto.

“4. Declárense inconstitucionales, de un modo general y obligatorio, los artículos 1 y 2 del Decreto Legislativo número 764 (de 28 de agosto de 2017, publicado en el Diario Oficial número 159, tomo 416, de 29 de agosto de 2017), debido a que la Asamblea Legislativa omitió documentar la no afiliación partidaria de las abogadas Carmen Elena Rivas Landaverde y María del Carmen Martínez Barahona, como presidenta y primera magistrada de la Corte de Cuentas de la República, respectivamente, deber al que estaba obligada por los artículos 131 ordinal 19°, 172 inciso 3°, 186 ordinal 5° y 196 de la Constitución”, expuso la Sala en su fallo.

La Asamblea Legislativa omitió incluir, en 2017, el documento requerido donde hacía constar que la actual presidenta no tenía vínculos partidarios, razón por la cual se declaró inconstitucional, aunque, en el fallo expresaron que la funcionaria continuará en el cargo las 3 semanas que le faltan para cumplir su periodo.