Tahnya Pastor: Hay una sentencia de inconstitucionalidad donde se prohíbe de forma categórica otorgar fondos a ONG


A pesar de la Sentencia de la Sala, las anteriores Asambleas continuaron asignando fondos a ONG.

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La abogada salvadoreña, Tahnya Pastor, se refirió a la asignación presupuestaria que cometían las anteriores legislaturas, refiriéndose a la sentencia de inconstitucionalidad 1-2017, que dictaba prohibiciones a las transferencias presupuestarias de instituciones del gobierno, a través de la Asamblea, a ONG.

“Hay una sentencia de inconstitucionalidad, la 1-2017, donde se prohíbe de forma categórica otorgar fondos a ONG”, expresó la jurista durante una entrevista televisiva.

El citado documento menciona el razonamiento del voto por parte del entonces magistrado de la Sala de lo Constitucional, Rodolfo González: “Aunque concurro con mi voto a la formación de la sentencia con respecto a los dos motivos por los que se impugnó la Ley de Presupuesto General para el ejercicio financiero fiscal del año dos mil diecisiete (LP/2017), considero necesario hacer énfasis en ciertas situaciones que se identifican en la sentencia como de incidencia negativa en el equilibrio del presupuesto y en la liquidez del gobierno para cubrir sus obligaciones y que, por tanto, deben corregirse en la formulación y aprobación del presupuesto actual y los futuros. Además de ello, es imprescindible determinar la existencia o no de irregularidades en algunas de estas transferencias, porque como señala la sentencia, el Legislativo no está habilitado para realizar transferencias de recursos públicos a entes privados, particularmente a aquellos que tienen vínculo material con partidos políticos y grupos afines, y con funcionarios públicos o sus parientes. La Fiscalía General de la República y una Corte de Cuentas de la República confiable tienen una tarea importante al respecto”.

A pesar de la Sentencia de la Sala, las anteriores Asambleas continuaron asignando fondos a ONG.